¿Por qué la indemnización por años de servicio tiene un límite de 11 años?
Por eso, si llevas 15, 20 o más años con el mismo empleador, la indemnización legal no aumenta indefinidamente: normalmente se calculan como máximo 11 meses de remuneración. Sin embargo, existen excepciones y también puede haber contratos o instrumentos colectivos que otorguen una indemnización superior.
Llevas 18 años trabajando para la misma empresa.
Te despiden por necesidades de la empresa y, cuando recibes el cálculo del finiquito, esperas encontrar 18 meses de indemnización.
Pero aparecen solamente 11.
Preguntas en Recursos Humanos y te responden:
“La ley tiene un tope de 11 años”.
Esa respuesta puede ser correcta, pero no significa que siempre debas aceptar el cálculo sin revisarlo.
Primero hay que determinar qué causal de término se utilizó, desde cuándo trabajas y si existe una indemnización convencional más favorable.
¿De dónde salen los 11 años?
El artículo 163 del Código del Trabajo establece una indemnización equivalente a 30 días de la última remuneración mensual por cada año trabajado y fracción superior a seis meses, cuando corresponda legalmente.
Pero la misma norma fija un límite máximo de:
330 días de remuneración.
Como cada año equivale a 30 días:
330 días ÷ 30 = 11 años.
Ésa es la razón jurídica del conocido “tope de 11 años”.
No significa que después del año 11 dejes de generar antigüedad laboral. Significa que la indemnización legal por años de servicio tiene ese límite máximo.
Ejemplo: llevo 18 años en la empresa
Supongamos que llevas 18 años continuos trabajando para el mismo empleador y tu indemnización se calcula sobre una remuneración de $1.200.000.
Si corresponde aplicar la indemnización legal del artículo 163:
$1.200.000 × 11 años = $13.200.000.
No se multiplicaría automáticamente por 18.
Los siete años que exceden el límite legal no agregan nuevos meses a esta indemnización.
Para trabajadores afectos al límite legal, la indemnización por años de servicio se detiene en 330 días, equivalentes a 11 meses de la base de cálculo.
¿El tope de 11 años se aplica a cualquier despido?
No.
La indemnización legal por años de servicio del artículo 163 corresponde principalmente cuando el empleador termina el contrato utilizando las causales del artículo 161, como:
- necesidades de la empresa, establecimiento o servicio; y
- desahucio del empleador en los casos en que legalmente procede.
También puede aparecer en otras situaciones por aplicación de reglas especiales, por ejemplo cuando un tribunal declara injustificado un despido y ordena pagar las indemnizaciones correspondientes.
En cambio, no existe automáticamente indemnización legal por años de servicio simplemente porque terminó el contrato.
Una renuncia voluntaria, por ejemplo, no genera por sí sola este beneficio.
¿Existe alguna excepción al límite de 11 años?
Sí, aunque hoy es una situación excepcional por la antigüedad que exige.
Los trabajadores contratados antes del 14 de agosto de 1981 no están afectos al límite de 330 días respecto de esta indemnización.
La Dirección del Trabajo ha señalado que, para esos contratos, corresponde considerar todos los años de servicio cuando procede la indemnización.
Para quienes fueron contratados desde el 14 de agosto de 1981 en adelante, rige el máximo legal de 11 años.
Si llevas más de 11 años en la empresa, no revises solamente la antigüedad. También importa la causal utilizada, la remuneración considerada para el cálculo y si tu contrato o convenio colectivo reconoce una indemnización superior a la legal. Revisa nuestra evaluación laboral al final de esta guía .
¿Puede mi contrato reconocer más de 11 años?
Sí.
El artículo 163 permite que exista una indemnización pactada individual o colectivamente que sea más favorable que la indemnización legal.
Por eso debes revisar:
- tu contrato de trabajo;
- anexos;
- contratos colectivos;
- convenios colectivos; y
- otras cláusulas que regulen indemnizaciones por término.
Puede existir, por ejemplo, una cláusula que reconozca todos los años trabajados o establezca un límite superior.
En ese caso no corresponde mirar únicamente el mínimo legal.
El límite de 11 años no es el único tope que debes revisar
Existe además un límite distinto sobre la remuneración utilizada para calcular determinadas indemnizaciones.
El artículo 172 establece que, para estos efectos, la última remuneración mensual considerada no puede superar 90 UF.
Por eso pueden existir dos límites diferentes:
- límite de antigüedad: hasta 11 años; y
- límite de base de cálculo: hasta 90 UF mensuales.
Son reglas distintas y pueden operar simultáneamente.
¿Qué pasa si mi sueldo es variable?
Si tienes remuneraciones variables, el artículo 172 establece que la indemnización se calcula utilizando el promedio percibido durante los últimos tres meses calendario.
Por eso, incluso cuando los 11 años estén correctamente aplicados, todavía puede existir un error en la base utilizada por la empresa.
También deben revisarse los conceptos que integran o quedan excluidos de la última remuneración mensual conforme a la ley.
¿Qué pasa si el despido fue injustificado?
Que exista un tope de 11 años no significa que el monto indicado en el finiquito sea necesariamente todo lo que podrías obtener.
Si impugnas judicialmente el despido y el tribunal declara que fue injustificado, indebido o improcedente, pueden aplicarse los recargos legales previstos en el artículo 168, dependiendo de la causal utilizada.
Esos recargos se calculan sobre las indemnizaciones que correspondan conforme a la ley.
Por eso, si cuestionas la causal de despido, no conviene analizar únicamente cuántos años aparecen reconocidos en el finiquito.
¿Qué debería revisar si llevo más de 11 años?
- La causal de despido. Determina si efectivamente corresponde indemnización por años de servicio.
- Tu fecha real de ingreso. Revisa la antigüedad continua reconocida por la empresa.
- Tu contrato y convenios colectivos. Puede existir una indemnización superior al mínimo legal.
- La base de cálculo. No basta que los 11 años estén correctos si la empresa utilizó una remuneración inferior a la que correspondía.
- Si impugnarás el despido. Los recargos judiciales pueden modificar significativamente el resultado final.
Preguntas frecuentes
¿Si llevo 15 años me pagan sólo 11?
Como regla general, sí, cuando corresponde aplicar la indemnización legal del artículo 163 y estás sujeto al límite de 330 días. Debes revisar si existe una indemnización contractual o colectiva más favorable.
¿Si llevo 20 años pierdo los otros nueve?
No pierdes tu antigüedad laboral, pero esos años adicionales no aumentan la indemnización legal por años de servicio más allá del máximo de 11 años.
¿Todos los trabajadores tienen el límite de 11 años?
No. Existe una excepción para trabajadores contratados antes del 14 de agosto de 1981, quienes no quedan afectos a este límite respecto de la indemnización legal por años de servicio.
¿Mi contrato puede pagar más de 11 años?
Sí. Puede existir una indemnización individual o colectiva más favorable que la legal.
¿Existe también un tope para el sueldo utilizado en el cálculo?
Sí. La base de cálculo de las indemnizaciones reguladas por el artículo 172 está limitada legalmente a 90 UF mensuales.
¿El tope de 11 años impide demandar por despido injustificado?
No. Puedes cuestionar judicialmente la causal de término cuando corresponda. Si el despido es declarado injustificado, pueden aplicarse los recargos legales correspondientes.
El límite de 11 años existe porque la ley fijó la indemnización legal por años de servicio en un máximo de 330 días de remuneración.
Por eso una persona con 18 o 20 años de antigüedad no recibe automáticamente 18 o 20 meses de indemnización.
Pero si llevas más de 11 años, igualmente conviene revisar el cálculo completo: una causal incorrecta, una base de remuneración mal determinada o una cláusula contractual más favorable pueden cambiar considerablemente lo que finalmente corresponde pagar.
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