VISITAS · NO ESTÁN RESPETANDO EL RÉGIMEN
¿Tienes visitas reguladas y aun así no te dejan ver a tu hijo?
Si ya existe una resolución o un acuerdo aprobado y la otra parte no lo está respetando, el problema ya no es fijar visitas: es hacer cumplir lo que ya existe.
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Primero hay que revisar qué tipo de acuerdo tienes
Porque no es lo mismo tener visitas formalmente reguladas que haber llegado solamente a un acuerdo entre ustedes.
Ya existe un régimen formal
Por ejemplo, una resolución judicial o un acuerdo aprobado por el tribunal. En ese caso revisamos cómo exigir que se respete lo que ya quedó establecido.
Solo tenían un acuerdo informal
Si lo que existe son conversaciones, mensajes o un acuerdo de palabra, puede ser necesario regular las visitas formalmente. Lo revisamos antes de decirte qué camino seguir.
Que exista un régimen no sirve de mucho si en la práctica no se respeta
Los problemas pueden aparecer de distintas formas.
- Llegas a buscarlo y no te lo entregan Aunque ese día te correspondía estar con tu hijo.
- Te cancelan las visitas a último minuto Y esto empieza a repetirse con frecuencia.
- Cambian unilateralmente los días o los horarios Aunque eso no coincide con lo que quedó regulado.
- Te ponen condiciones que no estaban establecidas Y terminan dificultando que puedas ejercer las visitas.
- Has perdido varios días que te correspondían Y necesitas saber si puedes pedir que ese tiempo se recupere.
Si el problema se repite, no basta con esperar que la próxima vez sea diferente
Cuando ya existe una regulación y aun así no se cumple, conviene dejar claro qué está ocurriendo.
Fechas, horarios, mensajes y la forma en que cada visita terminó frustrándose pueden ser importantes para entender el problema.
Si esto viene pasando hace tiempo, lo primero es ordenar los incumplimientos y decidir qué pedir al tribunal.
ANTES DE PRESENTAR
Primero ordenamos qué pasó y cuántas veces
No necesitas llegar con el caso armado. Revisamos contigo qué tienes y qué puede faltar.
Revisamos qué quedó regulado
Días, horarios, entregas, vacaciones y cualquier otra condición que exista actualmente.
Revisamos los incumplimientos
Cuándo ocurrieron, qué pasó y si existe algún respaldo de cada situación.
Vemos qué puedes demostrar
Mensajes, constancias, conversaciones y otros documentos que puedan servir.
Definimos qué pedir
Según lo ocurrido, revisamos qué corresponde solicitar al tribunal para que el régimen se cumpla.
TIEMPO QUE NO PUDISTE EJERCER
Los días que perdiste no necesariamente quedan perdidos
Si las visitas se frustraron, retrasaron o fueron entorpecidas por razones atribuibles a quien tiene el cuidado de tu hijo, puedes solicitar al tribunal la recuperación del tiempo que no pudiste utilizar.
Eso no significa que todos los casos se resuelvan de la misma forma. Hay que revisar qué ocurrió, cuántas veces y cómo está regulada la relación con tu hijo.
PLAN ESPECIAL PARA CAUSAS DE CUMPLIMIENTO
Que cada nuevo incumplimiento no se transforme en un nuevo problema económico
Sabemos que una causa de cumplimiento puede volverse costosa cuando los incumplimientos se repiten y es necesario presentar escritos una y otra vez.
Por eso en RJC Abogados hemos creado una modalidad especial para este tipo de casos, pensada para que puedas exigir que las visitas se respeten sin que cada nueva presentación transforme el proceso en un gasto impredecible.
La idea es simple: que puedas mantener tu causa activa y reaccionar cuando exista un nuevo incumplimiento, con una forma de pago que puedas sostener en el tiempo.
En la asesoría revisamos tu caso y te explicamos cómo funcionaría esta modalidad si decides avanzar con nosotros.
Tú quieres que se respeten las visitas. Del resto nos encargamos nosotros
Revisamos la causa, ordenamos los incumplimientos y preparamos lo que corresponda presentar.
También te explicamos qué está pasando y qué viene después.
Normalmente respondemos durante el mismo día. Y si algo necesita una conversación más larga, coordinamos una reunión contigo.
ASESORÍA ESTRATÉGICA DE FAMILIA
En una hora sabrás qué puedes hacer para que las visitas se respeten
Revisamos lo que ya está regulado, qué incumplimientos han ocurrido y qué haríamos en tu caso.
- Si lo que tienes hoy permite exigir cumplimiento.
- Qué incumplimientos vale la pena presentar.
- Qué documentos, mensajes o constancias pueden servir.
- Si corresponde pedir recuperación del tiempo perdido.
- Qué presentaríamos y qué pasos seguirían después.
Si lo que tienes no permite pedir lo que esperabas, también te lo vamos a decir. Primero necesitamos saber exactamente qué quedó regulado y qué ha pasado después.
Incluye grabación de la reunión, resumen escrito dentro de las 48 horas y boleta electrónica.
QUIERO REVISAR MI CASO →Si después decides trabajar con nosotros en tu causa, los $39.990 no se pierden. Los descontamos íntegramente de los honorarios de la representación.
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Revisa qué puedes hacer si no están respetando las visitas
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Preguntas frecuentes
Tenemos un acuerdo por WhatsApp. ¿Eso es lo mismo que tener visitas reguladas?
No necesariamente. Un acuerdo informal puede servir como antecedente, pero no es lo mismo que una resolución judicial o un acuerdo aprobado por el tribunal. En la asesoría revisamos exactamente qué tienes y qué corresponde hacer.
¿Puedo recuperar los días en que no me dejaron ver a mi hijo?
Puede solicitarse la recuperación del tiempo que no pudiste utilizar cuando las visitas fueron frustradas, retrasadas o entorpecidas por razones atribuibles a quien tiene el cuidado. El tribunal determina cómo corresponde resolverlo en cada caso.
¿Conviene dejar constancia cuando no me entregan a mi hijo?
Una constancia puede servir para dejar registro de lo ocurrido. También es importante conservar mensajes y cualquier otro antecedente que permita reconstruir qué pasó ese día. La constancia por sí sola no hace que el régimen se cumpla automáticamente.
Me cambian los días o los horarios sin preguntarme. ¿Qué puedo hacer?
Si ya existe una regulación formal, revisamos qué establecía, qué cambios se están haciendo y si esos hechos están impidiendo que puedas ejercer las visitas como fueron fijadas.
¿Tengo que presentar una nueva demanda de visitas?
No siempre. Si ya existe un régimen formal, primero hay que revisar cómo exigir que se cumpla lo que ya fue resuelto. Si solo existe un acuerdo informal, el camino puede ser distinto.
¿Cómo funciona el plan especial de cumplimiento?
Está pensado para casos en que los incumplimientos pueden repetirse y podrían ser necesarias nuevas presentaciones al tribunal. En la asesoría te explicamos cómo funcionaría según tu caso antes de que decidas contratarlo.
¿Ustedes pueden encargarse de la presentación al tribunal?
Sí. Si decides avanzar con nosotros, revisamos la causa, preparamos la presentación que corresponda y asumimos tu representación.
¿La asesoría de $39.990 incluye la representación?
No. Ese valor corresponde a la asesoría y sus entregables. Si después decides trabajar con nosotros en tu causa, los $39.990 se descuentan íntegramente de los honorarios de la representación.