¿Quieres declarar una vivienda como bien familiar?

BIEN FAMILIAR · QUIERO PROTEGER LA VIVIENDA

¿Quieres declarar una vivienda como bien familiar?

Si la vivienda donde vive tu familia está a nombre de tu cónyuge y te preocupa que pueda venderla, hipotecarla o disponer de ella, puedes pedir que sea declarada bien familiar.

La declaración no cambia quién es el dueño, pero sí puede limitar lo que el propietario puede hacer con el inmueble sin tu autorización.

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LO PRIMERO

¿Es la residencia principal de la familia?

Para pedir la declaración, la vivienda debe servir como residencia principal de la familia.

No basta simplemente con que uno de los cónyuges sea propietario de una casa.

Cuéntanos quién vive actualmente en la propiedad y qué uso tiene hoy esa vivienda para la familia.

¿QUÉ CAMBIA?

La declaración limita lo que el propietario puede hacer por sí solo

Una vez afectado como bien familiar, existen actos que el propietario no puede realizar voluntariamente sin la autorización del cónyuge no propietario.

Entre ellos están, por ejemplo, vender, hipotecar, prometer vender o celebrar ciertos contratos que entreguen a otra persona el uso o goce del inmueble.

Declarar un inmueble bien familiar no significa que pases a ser dueño de una parte de la propiedad.

UNA REGLA IMPORTANTE

La protección puede comenzar desde que presentas la demanda

La sola interposición de la demanda transforma provisoriamente el bien en familiar.

El tribunal debe ordenar que esa circunstancia se anote al margen de la inscripción del inmueble.

Si existe una preocupación concreta por una posible venta, hipoteca o disposición del inmueble, este punto puede ser especialmente importante.

TRAE LO QUE TENGAS

Veamos la vivienda y cómo la utiliza actualmente la familia

Certificado de matrimonio Certificado de dominio Dirección del inmueble Antecedentes de residencia Documentos de los hijos Otros antecedentes

No necesitas llegar con todo ordenado.

Cuéntanos quién vive en la propiedad, de quién es y qué está pasando. Nosotros vemos qué documentos sirven y qué necesitamos para avanzar.

Si decides trabajar con nosotros

Preparamos la demanda de declaración de bien familiar.

Vemos de quién es la propiedad, quién vive ahí y qué documentos sirven para respaldar la demanda.

Preparamos contigo la audiencia.

Y te representamos ante el tribunal.

Tú cuéntanos qué está ocurriendo con la vivienda. De la parte jurídica nos ocupamos nosotros.

Nuestra garantía

No podemos prometerte un resultado. Lo que sí podemos garantizarte es cómo vamos a trabajar contigo.

Nuestro compromiso es que siempre sepas en qué está tu causa, qué estamos haciendo y cuáles son los próximos pasos.

Sabemos que enfrentar una causa de bien familiar puede generar mucha angustia e incertidumbre.

Por eso queremos que puedas dejar tu causa en nuestras manos, con la tranquilidad de saber que está siendo llevada de forma íntegra, seria y profesional.

Nuestra garantía es que vas a contar con un trabajo serio, comunicación clara y atención personalizada durante todo el proceso. Y cuando tengas una duda, recibirás una respuesta dentro del mismo día hábil.

ASESORÍA ESTRATÉGICA DE FAMILIA

En 60 minutos vas a tener claro si esa vivienda puede declararse bien familiar, qué protección obtendrías y qué necesitamos para pedirlo

Cuéntanos qué está pasando con la vivienda y cuál es la situación actual de tu familia.

  • De quién es la propiedad.
  • Si actualmente sirve como residencia principal de la familia.
  • Qué cambia si se declara bien familiar.
  • Qué documentos necesitamos para presentar la demanda.
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Incluye grabación de la reunión, síntesis escrita dentro de 48 horas y boleta electrónica.

Si posteriormente decides trabajar con nosotros para la representación del mismo asunto, los $39.990 pagados se descuentan íntegramente de los honorarios acordados.

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Revisemos si esa vivienda puede declararse bien familiar

Si tienes antecedentes de dominio o documentos relacionados con la vivienda, tenlos disponibles durante la reunión.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir que sea bien familiar si no estamos casados?

La declaración de bien familiar regulada por el Código Civil está prevista para los cónyuges.

Si no están casados, hay que revisar si existe otra vía para proteger tu situación respecto de la vivienda.

¿La casa tiene que estar a mi nombre para pedir que sea bien familiar?

No.

La figura permite proteger la residencia principal de la familia cuando el inmueble pertenece al otro cónyuge.

¿Declararla bien familiar me convierte en dueño de la mitad de la casa?

No.

La declaración no cambia quién es propietario del inmueble ni te entrega automáticamente una parte de la propiedad.

¿Mi cónyuge puede vender la casa después de declararla bien familiar?

El propietario no puede venderla voluntariamente por sí solo sin la autorización del cónyuge no propietario.

Esa limitación también alcanza otros actos relevantes, como hipotecarla o prometer venderla.

Sin embargo, no se trata de un veto absoluto: en determinados casos el propietario puede pedir al tribunal que supla esa autorización.

¿Un bien familiar no puede ser embargado nunca?

No.

La declaración de bien familiar no transforma el inmueble en absolutamente inembargable.

La ley contempla ciertas protecciones, entre ellas la posibilidad de exigir, cuando corresponda, que determinados acreedores persigan primero otros bienes del deudor.

¿Importa si estamos casados con separación de bienes o sociedad conyugal?

No impide pedir la declaración.

El régimen de bien familiar puede operar cualquiera sea el régimen patrimonial del matrimonio.

Si te preocupa lo que puede pasar con la vivienda familiar, revisemos el caso

Veamos de quién es la propiedad, quién vive actualmente ahí y si corresponde pedir que sea declarada bien familiar.

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