FILIACIÓN Y PATERNIDAD · IMPUGNACIÓN
¿Quieres impugnar una paternidad que ya está determinada?
Si descubriste
que quien aparece legalmente
como padre
podría no serlo biológicamente,
no basta simplemente
con hacerse un examen de ADN.
Para saber si esa paternidad
puede dejarse sin efecto,
necesitamos revisar
cómo quedó determinada,
quién quiere impugnarla
y cuándo surgió
esta situación.
Si ya tienes
un ADN negativo,
no asumas que con eso basta.
Y si la duda apareció recién,
no dejes pasar tiempo
sin revisar
qué plazo puede aplicarse
a tu caso.
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NO ES SOLO EL ADN
Un ADN negativo no borra automáticamente una paternidad
Una cosa es saber si existe o no vínculo biológico.
Otra distinta es determinar si legalmente existe una vía para dejar sin efecto la filiación que ya está inscrita.
Por eso, antes de hablar solamente del examen, hay que saber cómo quedó determinada esa paternidad.
ESTA PREGUNTA CAMBIA TODO
¿Cómo quedó determinada la paternidad?
Puede tratarse de una paternidad determinada por matrimonio, por reconocimiento o por una sentencia anterior.
La respuesta importa porque no todas se impugnan de la misma forma ni tienen los mismos plazos.
NO LO DEJES PASAR
Los plazos pueden ser muy cortos
En materia de impugnación de paternidad no existe un único plazo para todos los casos.
Depende de quién demanda y de cómo quedó determinada la filiación.
Por ejemplo, cuando se trata de paternidad matrimonial, la ley establece plazos específicos para que el marido pueda impugnarla.
Si recién apareció una duda sobre la paternidad, no asumas que puedes esperar. Revisemos qué situación tienes y qué plazo puede aplicarse.
TRAE LO QUE TENGAS
Necesitamos entender cómo quedó determinada esa paternidad
No necesitas saber qué acción corresponde.
Cuéntanos cómo quedó determinada la paternidad, cuándo surgió la duda y qué documentos tienes. De la parte jurídica nos ocupamos nosotros.
Si después de revisar el caso existe una vía y decides trabajar con nosotros
Preparamos la demanda que corresponda.
Revisamos los antecedentes de la filiación y la prueba disponible.
Preparamos contigo la audiencia.
Y te representamos ante el tribunal durante la causa.
Antes de presentar una demanda tenemos que confirmar que puedes impugnar y que la acción sigue disponible en tu caso.
Nuestra garantía
No podemos prometerte un resultado. Lo que sí podemos garantizarte es cómo vamos a trabajar contigo.
Nuestro compromiso es que siempre sepas en qué está tu causa, qué estamos haciendo y cuáles son los próximos pasos.
Sabemos que enfrentar una causa de filiación puede generar mucha angustia e incertidumbre.
Por eso queremos que puedas dejar tu causa en nuestras manos, con la tranquilidad de saber que está siendo llevada de forma íntegra, seria y profesional.
Nuestra garantía es que vas a contar con un trabajo serio, comunicación clara y atención personalizada durante todo el proceso. Y cuando tengas una duda, recibirás una respuesta dentro del mismo día hábil.
ASESORÍA ESTRATÉGICA DE FAMILIA
En 60 minutos vas a tener claro si todavía existe una vía para impugnar la paternidad, qué plazo puede aplicarse y qué necesitamos para avanzar
Revisamos contigo cómo quedó determinada la filiación y qué ocurrió después.
- Cómo se determinó la paternidad actual.
- Quién quiere impugnarla.
- Qué plazo puede aplicarse.
- Qué importancia tiene un examen de ADN en tu situación.
Incluye grabación de la reunión, síntesis escrita dentro de 48 horas y boleta electrónica.
Si posteriormente decides trabajar con nosotros para la representación del mismo asunto, los $39.990 pagados se descuentan íntegramente de los honorarios acordados.
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Revisemos si puedes impugnar esa paternidad
Si tienes certificado de nacimiento, un examen de ADN o documentos relacionados con el reconocimiento o la filiación, tenlos disponibles durante la reunión.
Preguntas frecuentes
¿Un examen de ADN que diga que no soy el padre elimina automáticamente la paternidad?
No.
El ADN puede ser un antecedente muy importante, pero primero hay que determinar si existe una vía disponible para impugnar la filiación que ya está determinada.
Yo reconocí al hijo porque creía que era mío y después descubrí que no lo es: ¿puedo hacer algo?
El reconocimiento es irrevocable, por lo que un ADN negativo no permite simplemente dejarlo sin efecto.
Dependiendo de cómo se produjo el reconocimiento, puede ser necesario revisar si existe una acción distinta, como una nulidad por vicios de la voluntad, y si todavía se encuentra dentro del plazo aplicable.
¿Existe un plazo para impugnar la paternidad?
Sí, y no existe un único plazo para todos los casos.
El plazo depende de cómo quedó determinada la paternidad y de quién está ejerciendo la acción.
Por eso, si quieres impugnar, conviene revisar el caso cuanto antes.
¿Qué pasa si existe otro hombre que dice ser el verdadero padre?
Si ya existe una filiación determinada y se quiere reclamar otra distinta, deben ejercerse conjuntamente la impugnación de la filiación existente y la reclamación de la nueva.
En esa situación, no se aplican a la impugnación los plazos ordinarios establecidos para las acciones de impugnación.
Por eso, esta hipótesis debe revisarse separadamente de una impugnación presentada por sí sola.
¿Qué pasa si la paternidad se determinó por matrimonio?
La paternidad matrimonial tiene reglas y plazos propios para ser impugnada.
Si ese es tu caso, necesitamos revisar cuándo nació el hijo, cuándo tuviste conocimiento del nacimiento y cuál era la situación matrimonial en ese momento.
Antes de asumir que basta con un ADN, revisemos cómo está determinada la paternidad
Lo importante es saber si todavía existe una vía, qué plazo puede aplicarse y qué necesitamos para avanzar.
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